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Código de Ética y Prevencion de Conflictos de Interés

C.E.P.C.I.
    Acuerdo Administrativo por el que se expiden las Reglas de Integridad
    5 de noviembre de 2026

    Acuerdo Administrativo por el que se expiden las Reglas de Integridad, los Lineamientos Generales para propiciar la Integridad de los Servidores Públicos para la Creación de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés  en el Poder Ejecutivo del Estado (POE 19 de Octubre de 2017)

    Código de Conducta de la Secretaría de Ecología y Gestión Amiental
    5 de noviembre de 2026

    (POE 05 de Enero de 2023)

    Decálogo de Derechos y Obligaciones
    5 de noviembre de 2026

    Decálogo de Derechos y Obligaciones que tienen las Personas Ciudadanas en la Solicitud de Servicios Públicos a nivel Estatal y Municipal, emitido por la secretaría Técnica del Sistema Estatal Anticorrupcíon de San Luis Potosí (POE 07 de Enero de 2025)

    Guía de Valores que Fomentan la Integridad en las personas Servidoras Públicas de la SEGAM
    5 de noviembre de 2026
    Código de Ética
    5 de noviembre de 2026

    Ultima reforma 20 de Agosto de 2019

Código de Conducta

 

I. Dedicación. Procurar su mejor esfuerzo y perseverancia para alcanzar los objetivos institucionales en el desempeño de las actividades gubernamentales, imprimir pasión y demostrar aprecio por San Luis Potosí, sus instituciones y por su trabajo, así como demostrar un alto compromiso hacia la sociedad en la solución de sus demandas.

II. Transparencia. Ser abiertos al derecho ciudadano respecto a la información, de acuerdo a su legalidad y oportunidad, ofreciendo al ciudadano la posibilidad de que sea un usuario de la administración y entendida la transparencia como un verdadero servicio público.

III. Rendición de Cuentas. Cumplir con la responsabilidad de la adecuada ejecución de sus funciones, objetivos y metas, fomentando la participación ciudadana en el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de políticas públicas, respondiendo de la aplicación del recurso puesto a su disposición.

IV. Diálogo. Ser abiertos, flexibles, de trato amable, humilde y respetuoso para comunicarse y construir ideas, tomando las mejores decisiones con otras instituciones gubernamentales y organizaciones de la sociedad civil.

V. Respeto. Contar con sensibilidad para reconocer y considerar en todo momento los derechos y libertades inherentes a la condición humana de otros servidores públicos y de la ciudadanía.

VI. Legalidad. Hacer solamente aquello que las normas expresamente les confieren, y en todo momento someter su actuación a las facultades que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas y administrativas atribuyen a su empleo, cargo, o comisión.

VII. Honradez. Conducirse con rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, no buscar ni aceptar presentes de cualquier persona y organización, debido a que están conscientes que ello compromete sus funciones, y que el ejercicio de cualquier cargo público implica un alto sentido de austeridad y vocación de servicio.

VIII. Lealtad. Ser fieles en todo momento y comprometerse con los principios, valores, criterios y objetivos institucionales, adaptándolos como propios en el desempeño de sus funciones y atribuciones.

IX. Integridad. Desempeñar el empleo, cargo, comisión o funciones de manera imparcial y proba, no en beneficio de sí mismo, de su familia o de cualquier otra persona, y abstenerse de participar en situaciones que causen posible conflicto de interés.  Además utilizar el mobiliario, equipo y vehículo asignados en el desempeño de sus actividades de forma responsable y apegada a la legalidad.

X. Eficiancia. Actuar conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados y rendición de cuentas, procurando en todo momento un mejor desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las metas institucionales según sus responsabilidades y mediante el uso óptimo, responsable y transparente de los recursos públicos, eliminando cualquier ostentación y discrecionalidad indebida en su aplicación. ​​

Las y los servidores públicos de la SEGAM, actúan buscando en todo momento la máxima atención de las necesidades y demandas de la sociedad por encima de intereses y beneficios particulares.​ 

RESPETO.- Las y los servidores públicos de la SEGAM se conducen con austeridad y otorgan un trato digno y cordial a las personas en general y a sus compañeros de trabajo, superiores y subordinados, considerando sus derechos de tal manera que propician el diálogo cortés y la aplicación armónica de instrumentos que conduzcan al entendimiento, a través de la eficacia y el interés público.

RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS.- Las y los servidores públicos de la SEGAM respetan los derechos humanos, y en el ámbito de su competencias y atribuciones, los garantizan, promueven y protegen de conformidad con los principios de: 

Universalidad.- Establece que los derechos humanos corresponden a toda persona por el simple hecho de serlo; 

Interdependencia.- Implica que los derechos humanos se encuentran vinculados íntimamente entre sí; 

Indivisibilidad.- Refiere que los derechos humanos conforman una totalidad, de tal forma que son complementarios e inseparables, y de progresividad, que prevé que los derechos humanos están en constante evolución y bajo ninguna circunstancia se justifica un retroceso en su protección.​

IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN.- Las y los servidores públicos de la SEGAM, prestan sus servicios a todas las personas sin distinción, exclusión, restricción, o preferencia basada en el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o en cualquier otro motivo.​

EQUIDAD DE GÉNERO.- Las y los servidores públicos de la SEGAM, en el ámbito de sus competencias y atribuciones, garantizan que tanto mujeres como hombres accedan con las mismas condiciones, posibilidades y oportunidades a los bienes y servicios públicos; a los programas y beneficios institucionales, y a los empleos, cargos y comisiones gubernamentales.

​ENTORNO CULTURAL Y ECOLÓGICO.- Las y los servidores públicos de la SEGAM, en el desarrollo de sus actividades, evitan la afectación del patrimonio cultural y de los ecosistemas; asumen una férrea voluntad de respeto, defensa y preservación de la cultura y del medio ambiente, y en el ejercicio de sus funciones y conforme a sus atribuciones, promueven en la sociedad la protección y conservación de la cultura y el medio ambiente, al ser el principal legado para las generaciones futuras. 

a) Amor Ecológico: Querer y cuidar a los recursos naturales como si fueran parte de nosotros mismos. 

b) Respeto Ecológico: Apreciar y valorar el entorno cumpliendo las leyes que regulan los impactos negativos del hombre. 

c) Iniciativa Ecológica: Emprender acciones voluntarias en bien del medio ambiente. PLAN DE SAN LUIS PERIÓDICO OFICIAL JUEVES 05 DE ENERO DE 2023

d) Participación Ecológica: Colaborar y ayudar en las acciones ambientales que se emprendan. 

e) Identidad Natural: Admirar y valorar los recursos naturales del Estado. 

f) Responsabilidad Ambiental: Aceptar que es nuestra obligación realizar acciones en bien del medio ambiente. 

g) Honestidad Ecológica: Reconocer la situación actual de nuestros recursos naturales para con eso promover y fortalecer políticas de preservación. 

h) Conciencia Ecológica: El respeto manifiesto por la naturaleza. 

i) Conservación Ambiental: Promover el desarrollo sustentable.

COOPERACIÓN.- Las y los servidores públicos de la SEGAM, colaboran entre sí y propician el trabajo en equipo para alcanzar los objetivos comunes previstos en los planes y programas gubernamentales, generando así una plena vocación de servicio público en beneficio de la colectividad y confianza de los ciudadanos en sus instituciones.​​​

LIDERAZGO.- Las y los servidores públicos de la SEGAM son guía y promotores del presente Código de Conducta y de las Reglas de Integridad, por tanto, fomentan y aplican, en el desempeño de sus funciones diarias, los principios que la Constitución y la Ley les impone, así como de los valores adicionales que por su importancia son intrínsecos a la función pública.

 

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Código de Conducta